27 abril, 2024

Falso que se eliminen padrinos de bautizo

En los últimos días circuló en redes sociales una noticia sobre que la Iglesia Católica habría eliminado los padrinos de Bautismo, y que esta decisión comenzaría a aplicar a partir del próximo 9 de abril.

Lo cierto es que la Iglesia Católica no ha tomado esta decisión y no existe ningún documento oficial del Vaticano al respecto.

Al respecto del tema, Eduardo Castillo Pino, arzobispo de Portoviejo en Ecuador escribió que aunque la fuente no vino de ningún canal oficial de la Iglesia, muchos, acríticamente, han asumido que la Iglesia habría cambiado, de la noche a la mañana, una tradición que la ha acompañado por dos mil años y que forma parte de la celebración litúrgica y la normativa canónica.

Advirtió que “Parece que la confusión viene por la reciente disposición de un obispo de Italia de ‘suspender’ en su diócesis la presencia de padrinos de bautismo y confirmación ‘durante tres años’. La medida tendría carácter ‘experimental’, y parece que el objetivo es arreglar inconvenientes que tienen que ver con las características inadecuadas de muchos padrinos”

Sobre esto, el obispo italiano Giacomo Cirulli anunció que suspenderá ad experimentum y durante tres años, la presencia de padrinos y madrinas de Bautismo, de Confirmación y del Rito de Iniciación Cristiana de Adultos (RICA) en las tres diócesis que gobierna en la región de Campania, en el sur de Italia.

El decreto regirá, desde el próximo 9 de abril en el inicio de la Pascua, para las diócesis de Teano-Calvi, Alife-Caiazzo y Sessa Aurunca.

Este no es el único caso de suspensión temporal de la figura de padrinos y madrinas en Italia.

En febrero de este año, el Arzobispado de Palermo también suprimió durante tres años el papel de los padrinos de Bautismo y Confirmación. De igual forma sucedió en las diócesis de Melfi-Rapolla-Venosa y de Mazara del Vallo.

La razón de la suspensión, en todos los casos, es buscar la recuperación de la identidad y misión de los padrinos, que se han visto oscurecidas en los últimos tiempos.

Por su parte el Arzobispo ecuatoriano recuerda lo establecido por el Código de Derecho Canónico, las normas que regulan a la Iglesia, sobre los padrinos de Bautismo.

El canon 872 precisa que los padrinos tienen la función de “presentar al niño que va a recibir el bautismo y procurar que después lleve una vida cristiana congruente con el bautismo y cumpla fielmente las obligaciones inherentes al mismo”.

Asimismo, el canon 874 señala que la Iglesia Católica exige que el padrino “sea católico, esté confirmado, haya recibido ya el santísimo sacramento de la Eucaristía y lleve, al mismo tiempo, una vida congruente con la fe y con la misión que va a asumir”.

Para concluir, Mons. Castillo recuerda que “los padrinos de bautismo o confirmación, en efecto, no son figuras ‘decorativas’ o de simple conveniencia social, sino fieles católicos de vida cristiana coherente, que puedan ser ejemplo y guía para la fe de sus ahijados”.

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