5 mayo, 2024

SCJN Rechaza reforma a Ley de Radio y Tv del 2017

Esta tarde, por unanimidad, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó las reformas hechas a la Ley Federal de Radio y Televisión de 2017, una especie de ‘Ley Mordaza’, acusando que existieron violaciones en el proceso legislativo.

Con esta reforma, promovida durante el Gobierno del expresidente Enrique Peña Nieto, se obligaba a los medios de comunicación a distinguir entre contenidos informativos y de opinión, dentro de los noticiarios de radio y televisión.

Mientras presentaba el proyecto, el ministro Alberto Pérez Dayán, señaló que existieron omisiones claras al proceso legislativo, como no haber incluido a todas las comisiones que debían de formar parte de la discusión y elaboración de la propuesta.

“A pesar de estar convocadas tres comisiones distintas para elaborar el dictamen, y con el mismo llevarlo a la sesión plenaria, este no se generó de manera conjunta pues solo fue una de las tres comisiones la que lo presentó”, destacó.

De igual forma, sostuvo que “las violaciones al proceso legislativo, si bien aisladas pueden no serlo, en suma demuestran la falta de calidad democrática”.

Por otro lado, la ministra Margarita Ríos-Farjat, señaló que el proceso se llevó a cabo de manera expedita, por lo que no se llevó a cabo un debate de manera exhaustiva.

“Esta votación legislativa de fast track, o por la vía rápida, me parece inconstitucional; atenta contra los principios de deliberación democrática y va contra lo que se espera del poder legislativo”, apuntó.

El ministro presidente, Arturo Zaldívar, consideró que esto no debería de ser un motivo para invalidar la norma, ya que el ritmo en el que aprueban las leyes es facultad del Poder Legislativo.

Sin embargo, expuso que “advierto que hay violaciones graves que afectan, trastocan, estos atributos democráticos dado que no se respetó el derecho de participación de todas las fuerzas políticas (…) al haberse violado los cauces tanto en las comisiones como en el pleno”.

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